MATRIMONNIO, DIVORCIO, LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL EN EL EXTRANJETO
https://prezi.com/i5ilg1mpxgql/matrimonio-y-divorcio-en-el-extranjero/
https://prezi.com/z_1k-bbxqrs7/sociedad-conyugal/
orteconstitucional.gov.co/relatoria/2002/C-395-02.htm
Celebré matrimonio en Perú y me divorcié en Bogotá. Durante el matrimonio se adquirió una casa a nombre de mi marido, quien la vendió a una sociedad en comandita, sociedad de papel, pues no tenía dinero para comprarla. Yo creo que vendió la casa para perjudicarme Cómo puedo pedir que me garanticen mis derechos sobre la casa que forma parte de la sociedad conyugal? Lucía Andrade.
R/ Le sugiero que siga los siguientes pasos: 1) Adquiera el texto del código peruano que le permita demostrar que cuando usted celebró matrimonio formó sociedad conyugal. Según la fecha de su matrimonio consulte el código civil o el de familia. 2) El texto lo puede adquirir en el Consultado Peruano acreditado en Bogotá. 3) Ante juzgado de Bogotá que decretó el divorcio solicite la liquidación de la sociedad conyugal cuya existencia demostrará con la copia de la ley peruana. 4) Si la venta de la casa se hizo antes del decreto del divorcio y la venta fue real estamos ante un negocio perfectamente válido y solo podrá reclamar el valor por el cual se vendió. 5) Si la venta hecha antes del decreto del divorcio, no fue real puede pedir la declaración de nulidad o de simulación a que haya lugar. 6) Si la venta se hizo luego de decretado el divorcio, su marido vendió cosa ajena y deberá responder aún perdiendo la cuota parte que le corresponde sobre el bien del que dispuso ilegalmente. 7) Para adelantar estos procesos deberá asesorarse de un abogado. 8) Es muy importante recordar a quienes viven en pareja que la mejor forma de proteger los bienes sociales es la de comprar a nombre de ambos porque cuando un bien está solo a nombre de uno de los dos, él tiene plena y absoluta libertad para disponer de su patrimonio, según lo autoriza expresamente la ley 28 de 1932, que también se aplica para quienes viven en matrimonio de hecho o como compañeros permanentes.
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